Ley número 875 Artículo 16 Obligaciones Especificas

Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCION: J
  • Decreto que autoriza el mando policial.
RESPONSABLE:
  • Seguridad Publica
ACTUALIZACION Y PERIODO DE CONSERVACION
  • Trimestral.
  • Información Vigente y ejercicio en curso.
FECHA DE VALIDACION Y ACTUALIZACION:
  • 04/07/2023.
  • 30/06/2023.

Liga de Interés

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