Ley número 875 Artículo 16 Obligaciones Especificas
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCIÓN: C
- Protocolos de uso de la fuerza.
RESPONSABLE:
- Seguridad Pública
ACTUALIZACIÓN Y PERIODO DE CONSERVACIÓN
- Trimestral.
- Información Vigente y ejercicio en curso.
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
- 31/12/2024.