Ley número 875 Artículo 16 Obligaciones Especificas
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCIÓN: B2
- Informe Anual de desempeño policial.
RESPONSABLE:
- Seguridad Pública
ACTUALIZACIÓN Y PERIODO DE CONSERVACIÓN
- Anual.
- Información Vigente y ejercicio en curso.
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
- 31/03/2024.