Ley número 875 Artículo 16 Obligaciones Especificas
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCIÓN: J
- Cantidades recibidas por concepto de multas, así como el uso o aplicación que se les dé.
RESPONSABLE:
- Tesorería Municipal
ACTUALIZACIÓN Y PERIODO DE CONSERVACIÓN
- Trimestral.
- Ejercicio en curso y la del ejercicio inmediato anterior.
FECHA DE ACTUALIZACION:
- 30/09/2024.
- 2024
- FORMATO LTAIPVIL16IIJ 1T
- FORMATO LTAIPVIL16IIJ 2T
- FORMATO LTAIPVIL16IIJ 3T