Ley número 875 Artículo 15 Obligaciones Comunes
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCION: XLVI
- Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Opiniones y recomendaciones del consejo.
RESPONSABLE:
- Unidad de Transparencia
ACTUALIZACION Y PERIODO DE CONSERVACION
- Trimestral.
- Ejercicio en curso y ejercicio inmediato anterior.
FECHA DE ACTUALIZACION:
- 30/09/2024.
- 2023