Artículo 76.- Los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, las
entidades federativas, previo convenio de colaboración administrativa, difundirán en Internet la
información relativa al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, especificando cada uno de los destinos señalados
para dicho Fondo en la Ley de Coordinación Fiscal.
36.- FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN)