Ley número 875 Artículo 15 Obligaciones Comunes

Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCION: XVIII

Listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas.

RESPONSABLE:
  • Oficialía Mayor
  • Órgano Interno de Control
ACTUALIZACION Y PERIODO DE CONSERVACION
  • Trimestral.
  • Ejercicio en curso y dos ejercicios anteriores.
FECHA DE ACTUALIZACION:
  • 30/09/2024.
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