Ley número 875 Artículo 15 Obligaciones Comunes
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
FRACCION: XVIII
Listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas.
RESPONSABLE:
- Oficialía Mayor
- Órgano Interno de Control
ACTUALIZACION Y PERIODO DE CONSERVACION
- Trimestral.
- Ejercicio en curso y dos ejercicios anteriores.
FECHA DE ACTUALIZACION:
- 30/09/2024.