Información financiera que señala la LGCG
Artículo 63.- La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.
19.- PRESUPUESTO DE EGRESOS EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 63 DE LA LGCG.
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